La DGT pone en marcha el proceso de obligatoriedad para flotas de más de 20 vehículos
Alfonso Lluzar, Presidente del Col·legi Oficial de Gestors Administratius de Catalunya
¿En qué consiste la Dirección Electrónica Vial (DEV)? La Dirección Electrónica Vial es un sistema de notificación electrónica mediante el cual, las administraciones con competencias en materia de tráfico (Dirección General de Tráfico, Ayuntamientos) comunicarán las incidencias y avisos relacionados con los permisos de circulación de los vehículos. Es decir, es un sistema que sustituye las notificaciones tradicionales en papel por comunicaciones vía internet.
¿A quién afecta el nuevo requerimiento de la DGT? Afecta tanto a particulares como a personas jurídicas (empresas), pero mientras para los primeros es una opción voluntaria, para los segundos se va a convertir en un requerimiento obligatorio. En este sentido, la DGT está comunicando a las empresas con flotas de 20 vehículos o más la obligatoriedad de darse de alta en la Dirección Electrónica Vial, con lo que a partir de ahora, tendrán que gestionar todos los temas relacionados con su flota a través de este sistema telemático. Es más, las empresas que no estén dadas de alta en el nuevo sistema no podrán gestionar ningún trámite relacionado con sus vehículos con las consecuencias que eso puede acarrear para su actividad habitual.
¿Para qué trámites será necesario estar de alta en la DEV? Servirá para gestionar y recibir otro tipo de notificaciones como las sanciones o la caducidad de la ITV. Este es un cambio significativo y a tener muy en cuenta, pues no utilizar adecuadamente esta plataforma no exime a las empresas del cumplimiento de sus obligaciones de tráfico. Además, a partir del 1 de julio de 2016, las empresas de 20 vehículos o más que no se hayan dado de alta en la DEV no podrán matricular ni transferir vehículos.
Por lo tanto, ya no se recibirán notificaciones por ninguna otra vía… Así es. Este sistema sustituye a cualquier otro y será obligatorio a partir del 1 de julio, fecha en la que la administración asignará una DEV de forma automática a las empresas. Por eso, se recomienda realizar el alta adecuadamente durante este periodo transitorio, ya que una notificación no gestionada caducará a los 10 días de haberla recibido, momento en el que empezará un periodo de 20 días para presentar alegaciones, realizar el pago, etc. No gestionar adecuadamente el nuevo sistema puede conllevar consecuencias que cuesten tiempo y dinero a las empresas.
¿Es posible encomendar esta tarea a un profesional o tiene que tramitarse desde la misma empresa? Mediante un Registro de Apoderamiento, las empresas pueden autorizar a un tercero la gestión de los trámites i incidencias de sus flotas. Muchas empresas ya confían estas gestiones a un gestor administrativo, pero ahora, con la entrada en vigor de la DEV, se hace más necesario que nunca contar con el asesoramiento de un profesional.
¿Por qué encomendar estas gestiones a un Gestor Administrativo? Porque los gestores administrativos somos especialistas en matrículas, cambios de titularidad, altas y bajas, importaciones y exportaciones o sanciones, entre otras actividades relacionadas con el vehículo y el transporte. Gracias a la estrecha colaboración con las administraciones, somos un colectivo que cuenta con los recursos y plataformas telemáticas necesarias para realizar una gestión integral de las flotas de una forma rápida, fiable y eficiente.