La pérdida de estos puntos, que inicialmente son 12 para los conductores veteranos y 8 para los que llevan menos de 3 años con el carnet, puede ocasionarse por múltiples motivos. Algunas de las infracciones y sanciones más habituales de los conductores que pierden puntos son las siguientes:
- Conducir bajo la influencia del alcohol: Entre -4 y -6 puntos, en función de la tasa de alcohol en sangre.
- Negarse a realizar el control de alcoholemia: -6 puntos.
- Llevar un numero excesivo de ocupantes en el vehículo: -4 puntos.
- Conducir de manera temeraria: -6 puntos.
- Sobrepasar el límite de velocidad: Desde -2 hasta -4 e incluso -6 puntos, dependiendo del porcentaje de velocidad sobrepasado.
- Arrojar objetos por la ventanilla y/o generar riesgos en la carretera: -4 puntos.
- Dar marcha atrás en la autovía, no respetar la prioridad y/o poner en riesgo a ciclistas: -4 puntos.
- No mantener la distancia de seguridad, utilizar el teléfono móvil y/o conducir sin utilizar el casco o el cinturón de seguridad: -3 puntos.
Por el contrario, si un conductor no comete ninguna infracción que implique pérdida de puntos -no todas conllevan este castigo- durante tres años obtendrá dos puntos extra que se sumarán a su saldo personal, consiguiendo así un total de 14. Si después de esto el conductor vuelve a permanecer otros tres años sin cometer infracciones en la carretera recibirá otro punto, por lo que se colocará con 15. El máximo de puntos estipulado para un usuario es de 15 puntos.
Con todo ello, el usuario que quiera conocer su saldo de puntos puede pedir un certificado en la DGT siguiendo varias vías de acceso. Existen entidades empresariales que establecen como requisito previo de acceso para un puesto de trabajo la presentación de este documento, puesto que si un usuario quiere dedicarse profesionalmente al mundo de la conducción -como es el caso de los conductores de autobús, los camioneros, los repartidores…- deberá demostrar que dispone de puntos suficientes como para poder dedicarse a esta labor de manera segura para la sociedad.Estos certificados se pueden solicitar a través de Internet desde la página oficial de la DGT (www.dgt.es). Allí, accediendo a través del DNI electrónico a nuestra cuenta personal la interfaz nos proveerá todo cuanto necesitamos para acceder a ese puesto de trabajo o, simplemente, informarnos acerca de nuestra cuenta de saldo de puntos. En cualquier caso, para el usuario poco vinculado al mundo de las nuevas tecnologías existe la posibilidad de solicitar el certificado a través de la vía telefónica o personándose en las oficinas de la Jefatura de Tráfico de su localidad.